El cuerpo de letrados de
la Comunidad de Madrid

Descripción


El Cuerpo de Letrados de la Comunidad de Madrid fue creado en el año1995, como Cuerpo de Administración especial y perteneciente al Grupo A.1.

Sus funciones son análogas a las del Cuerpo de Abogados del Estado, circunscritas al ámbito de competencias de la Comunidad de Madrid, y comprende la doble dimensión consultiva y contenciosa, en los términos establecidos en la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid.

La función consultiva supone el asesoramiento jurídico al Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, existiendo un Servicio Jurídico en cada una de sus Consejerías. Dicha función se desarrolla a través de la emisión de Informes Jurídicos sobre los proyectos normativos, contratos, convenios, y cualesquiera otras cuestiones jurídicas sobre las que se interese Informe del Servicio Jurídico. Asimismo, los Letrados de la Comunidad de Madrid son miembros de las Mesas de Contratación.

La función contenciosa hace referencia a la representación y defensa en juicio de la Comunidad de Madrid, en todo tipo de procedimientos, y ante cualquier orden jurisdiccional.

Asimismo los Letrados de la Comunidad de Madrid son vocales del Jurado Territorial de Expropiación, de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita y de la Junta Superior de Hacienda.

Finalmente, la Comisión Jurídica Asesora, que es el órgano autonómico análogo al Consejo de Estado, está presidido y formado exclusivamente por Letrados de la Comunidad de Madrid, de conformidad con la Ley 7/2015, de 28 de diciembre.

Oposición


El acceso al Cuerpo de Letrados de la Comunidad de Madrid exige la superación de una oposición. Los aspirantes que aprueben la oposición ingresan como funcionario de carrera con un nivel administrativo 28 como mínimo.

Como principales atractivos de la Oposición:

  • Muy buena ratio plazas convocadas/número de aspirantes. Sigue siendo una oposición minoritaria, especialmente en los últimos años.

  • Reserva de Nota en el primer ejercicio. Se ha establecido una reserva de nota en el primer ejercicio si se obtiene al menos una nota de 36 sobre 60, de modo que el opositor, en la siguiente convocatoria, estaría exento de examinarse de la primera prueba oral.

  • Derecho a acceder a una bolsa de trabajo para Letrados interinos. El requisito para optar a una plaza de Letrado Interino es aprobar el primer ejercicio.

  • Ejercicios


    Primer ejercicio:
    Exposición oral de 6 temas durante 60 minutos: dos temas de Derecho Civil, uno de Derecho Hipotecario o Mercantil, dos temas de Derecho Procesal y uno de Derecho Laboral.

    Segundo Ejercicio:
    Exposición oral de 6 temas durante 60 minutos: un tema de Constitucional, dos de Derecho Administrativo, dos temas de Derecho Financiero y Tributario, y uno de Derecho Penal.

    Tercer ejercicio: Constará de una prueba sobre el idioma extranjero elegido por el aspirante en su solicitud de participación, pudiendo optar aquel entre el inglés o el francés, u otro que elija el opositor.

    Cuarto ejercicio: Redacción escrita de una Actuación Procesal (principalmente, una Contestación a la Demanda). Se dispondrá de Códigos y Jurisprudencia.

    Quinto ejercicio: Redacción escrita de un Informe Jurídico. Se dispondrá de Códigos y Jurisprudencia.

    Bases y temario


    Consultar página web de la Comunidad de Madrid.

    Contacto

    Tfno: 636 02 85 30
    contacto@academiajuridicaflr.com

    Formulario de contacto